Diario de un inconformista

Febrero 2008

La importancia de la letra pequeña

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tablonEn estos días el buen gobierno de nuestro Paulino I y el Gran Soria están haciendo todos sus esfuerzos por mejorar la calidad de vida de los canarios.

En todas las cadenas este gobierno de progreso nos lanza una campaña publicitaria donde la letra pequeña es bien pequeña y donde nos anuncian la PRÁCTICA eliminación del impuesto sobre sucesiones y donaciones a las familias.

Claro que lo de la palabra PRÁCTICA, se queda en un segundo plano y en el anuncio está muy por debajo del tamaño del resto del texto.

Ahora todo queda en familia.

Estos son los requisitos para aplicar la bonificación del 99,9% del Impuesto.

A) En las adquisiciones donaciones.

1.-Que la formalización y aceptación de la donación sea después del 1 de enero de 2008.

2.-Que el sujeto pasivo (donatario) se integre en alguno de los Grupos I y II de parentesco: padres, hijos, cónyuges o parejas de hecho.

3.-Que la donación se formalice en documento público.

4.-Que el donatario tenga su residencia habitual en las islas no solo en el momento del devengo, sino también en los últimos cinco años. Ahora bien, si la donación tiene por objeto exclusivo bienes inmuebles, la Ley exige que los bienes radiquen en Canarias, sin que sea necesario el cumplimiento del requisito de la residencia habitual del adquirente.

B) En las adquisiciones mortis causa (sucesiones)

1.-Que el devengo del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones se produzca con posterioridad al 1 de enero de 2008: es decir, que el fallecimiento del causante sea posterior a esta fecha.

2.-Que el sujeto pasivo (heredero, legatario o beneficiario de un seguro de vida) se integre en alguno de los Grupos I y II de parentesco: esto es, padres, hijos, cónyuges o parejas de hecho.

3.-Que el causante de la sucesión haya tenido su residencia habitual en Canarias no solo en el momento del fallecimiento, sino también durante los últimos cinco años.
La bonificación en ningún caso es aplicable cuando el fallecimiento haya ocurrido antes del 1 de enero de 2008, aunque la presentación de la declaración del Impuesto se realice durante el año 2008.

Que buenos son, porque no lo habrán quitado directamente y eliminan la letra pequeña.

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1 comentario »

  1. La importancia de la letra pequeña

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